En torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Que acepta la competencia, para conocer de la presente acción de amparo constitucional.
SEGUNDO: INADMISIBLE in limini litis la acción de amparo constitucional, intentada por el ciudadano CARLOS ROJAS VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.008.525, en su condición de Alcalde Encargado, contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BOLIVAR DEL ESTADO MONAGAS.
TERCERO: Se deja sin efecto la medida otorgada en fecha 18 de diciembre de 2019.
Publíquese, Regístrese y déjese copia. No se ordena la notificación de las partes, en virtud que la presente decisión fue dictada dentro del lapso legal para ello, siendo computables los días sábado 22, domingo 23 y miérco.....