En razón de lo expuesto este Juzgado Superior Segundo En Lo Civil, Mercantil, Transito Y Bancario De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE EL RECURSO DE CASACION, a favor de la abogada YAMILA AURORA GASCON MUJICA, Abogada en ejercicio, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número: 175.927 y de este domicilio. con el carácter de parte demandada, contra la sentencia dictada por este juzgado, en fecha 14/08/2015. De conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 205 ejusdem, se conceden Seis (6) días de término de distancia, contados a partir de la presente fecha. Se ordena la remisión del expediente bajo oficio a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, Diaricese, regístrese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y libr.....