DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la parte Querellante ciudadana CARMEN LUISA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.623.393, actuando como Presidenta de la Empresa Construcciones y Servicios Recamar, C. A., debidamente asistida por el abogado PEDRO IGNACIO SIFONTES ORTIZ, en contra del Presunto Agraviante Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, a cargo del Juez Abg. GUSTAVO POSADA VILLA, al no haber procedido a realizar la correspondiente oposición como tercero con fundamento en lo dispuesto en el art.....