En razón de lo expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACION anunciado por el AbogadoEDUARDO RODRIGUEZ,venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.402, y de este domicilio, actuando en nombre y representación de la parte demandada, contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior, en fecha 20 de Febrero de 2024. De conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 312 y el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil.