Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la Abogada MARIA PINO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.067, Apoderada Judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL "BIENES Y RAICES JUANA LA AVANZADORA" C.A, en contra de la decisión de fecha Nueve (09) de Agosto del año Dos Mil Dieciséis, dictada por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Santa Bárbara y Aguasay de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. SEGUNDO: SE RATIFICA la sentencia dictada por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Santa Bárbara y Aguasay de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en fecha N.....