DISPOSITIVO
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE el recurso de hecho interpuesto en fecha 04 de Agosto de 2015, por la ciudadana YAMILA AURORA GASCON MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.340346, Abogada en ejercicio, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número: 175.927. SEGUNDO: Debido a la naturaleza decisión no hay condenatoria en costas. Se ordena remitir el presente expediente a su Tribunal de origen en su debida oportunidad. Publíquese, regístrese, diaricese, y déjense copia. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. En Maturín a los ca.....