Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: INADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado por la abogado María Pino Paredes, venezolana, mayor de edad, titular, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 41.067, y de este domicilio, actuando en representación de la parte demandante DANIEL JOSE JIMENEZ CARMONA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8,449.218 , con domicilio en la urbanización Sánchez Bueno, Calle principal casa s/n, Aragua de Maturín, Municipio piar del estado Monagas, consignada en fecha Quince (15) de diciembre de 2022, el cual cursa al fo.....