SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE por temerario el recurso de apelación interpuesto el 18/07/2011, por el abogado en ejercicio Mario Farias, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.348.697, inscrito en Instituto de Previsión del abogado bajo el Nº 132.188, actuando en su carácter de Defensor Judicial del FUNDO GUAYABITO, S.A, persona jurídica domiciliada en Caracas, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 07 de diciembre del 1989, anotada bajo el N° 14, Tomo 85-A Sgdo, modificada a la denominación actual, según acta inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital del estado Miranda, el 31 de octubre de 1996, bajo el Nº 45, Tomo 176 – A 4to, inscrita en el Registro único de información fiscal (R.I.F), bajo el Nº J-00308155-8, contra la sentencia dictada el 16/11/2010, por el entonces Juzgado Primero de Primera Instan.....