Maturín, 23 de Marzo de 2017.
205º y 158º
Vistas las diligencias de fecha 22/03/2017, suscrita por el abogado Ángel Antonio Marin, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.981.018, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.768, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YURE MARINA SILVA DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.876.613, domiciliado procesalmente en la Calle Caracas, Edificio Falini, Piso 02, Oficina 3-B, Ciudad Bolívar, Municipio Autónomo Heres del estado Bolívar, (parte demandante), mediante la cual solicita el abocamiento al conocimiento de la presente causa, se acuerda en conformidad. En vista de que fui designada como Jueza Provisoria de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, mediante oficio Nº CJ-16-3529, de fecha 02/11/2016, tomando posesió.....