Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal Primero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil, declara: con lugar la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos Luis José Salas Santoya y Alvis Alina Zacarías Moreno, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-10.835.486 y V-11.782.320, que contrajeron matrimonio por ante el Registro civil de la Parroquia El Guácharo del Municipio Caripe del Estado Monagas, el 31 de diciembre de 1993, tal como consta del acta de matrimonio N° 23, folios 34, 35 y su vto. 1993, de los libros llevados por ese Despacho; la cual acompañaron marcada .....