Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BARBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil, 185-A del Código Civil y de los artículos 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana De Venezuela, declara Primero: CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos: ALBERTO RAMON DIAZ y KHEILA MARGARITA CEDEÑO ACOSTA, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad Nos. V- 8.357.482 y 9.297.050 respectivamente y de este domicilio, Asistidos por el abogado en ejercicio CRUZ FEBRES ARELLAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 40.512 y de este domicilio. respectivamente, según consta de Matrim.....