En fundamento a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 185-A del Código Civil y de los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos: JOSÉ AGUSTIN FLORES SANTACRUZ y LIZBEIDA DEL VALLE LINARES RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.832.495 y V-8.270.667, respectivamente y de este domicilio, según consta de acta de matrimonio civil de fecha 19 de mayo de 1.990, suscrita por ante el Registro Civil y Electoral del Municipio Maturín es.....