Por todas y cada una de las razones que anteceden, y de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, el artículo 185 del Código Civil Venezolano, y la mencionada Sentencia vinculante, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia de ello DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que existe entre los ciudadanos LASTENIA DEL VALLE ROMERO VILLARROEL y HECTOR JULIO CUARO GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-8.364.977 y V-9.186.826, respectivamente y de este domicilio, según Matrimonio Civil, celebrado en fecha 07 de Mayo de 2012, por ante la Comisión de Registro Civil y Electoral del Municipio Maturín del estado Monagas, debida.....