Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los Artículos 12 del Código de Procedimiento Civil; 185-A del Código Civil, y 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Declara Con Lugar la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el Vínculo Conyugal que existe entre los ciudadanos MARCOS ANTONIO PEREZ MORENO Y NEILA MARIA ROMERO DUARTE, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de Identidad N° V- 11.198.645 Y V-13.600.279, respectivamente y de este domicilio, según matrimonio civil asentado bajo el Acta Nº 50, efectuado en fecha 28 de Mayo de 1.992, por ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macarao, Municipio Libertador, Distrito Capital.
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