DISPOSITIVA
En consecuencia de lo anteriormente establecido, este TRIBUNAL TERCERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BARBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA DE DIVORCIO de conformidad con los artículos 340 numeral 4 y 341 del Código de Procedimiento Civil presentada por la ciudadana: MARÍA DEL VALLE SALAMANCA MOREY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.720.697 contra el ciudadano WILMAN JOSE ARREAZA, titular de la cedula de identidad N° V-12.197.060, asistidos por el Abogado en ejercicio LUIS ANGEL ANIBAL SUAREZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 288.427. SEGUNDO: SE ORDENA LA DEVOLUCIÓN de los originales que se encuentran en la presente demanda. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribun.....