Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanosRENNY XAVIER CRESCENZI ESCALONA Y MARIANGY JOSEFINA KABBAZE GASPAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Números: V-19.827.598 y V-16.722.395 respectivamente y domiciliados en Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas.EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, por virtud del matrimonio contraído en fecha 21 de Junio de 2011, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolívar del Estado Monagas, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, número 070, que se acompaña, marcad.....