Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos LUIS ARTURO MEJIAS ABREU Y HORTENCIA MARIA MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Números V- 5.084.633 y V.-8.448.488, respectivamente y domiciliados en la primera calle de la Cruz Blanca, casa S/N, Quiriquire Municipio Punceres del Estado Monagas el primero, y en la Vía Principal de la Cruz Blanca, casa S/N, Quiriquire Municipio Punceres del Estado Monagas, la segunda. EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 14 de Julio de 1977, por ant.....