IV
DISPOSITIVA
Por todas y cada una de las razones que anteceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad Ley, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, declara: CON LUGAR, la acción de Divorcio por mutuo acuerdo, intentada por los ciudadanos LUIS ENRIQUE CASTILLO CANALES y ELIZABETH VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-8.453.638 y V-20.803.988, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por la profesional del derecho, abogada KISSIE ORTA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 100.524, y disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha Diez (10) de Diciembre del año Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1.994), ante la Primera Autoridad Civil de San Antonio de Los Altos, Municipio Los Salia.....