Fue recibida en fecha 02-08-2021, y admitida el 03-08-2021, en este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Punta de Mata, el escrito de la solicitud de Rectificación de Sentencia de Divorcio, interpuesta por la ciudadana Walleska Vincenza Viccaro Martínez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.239.939, domiciliada en el Municipio Ezequiel Zamora, Punta de Mata, Estado Monagas, debidamente asistida por el abogado Alexander Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado N° 226.840, anotándose bajo el N° 0336-21. En fecha 25 de Octubre del 2021, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en lo dispuesto del Artículo 754 del Código de Procedimiento Civil se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la solicitud de Rectificación de Sentencia .....