Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas éste JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO Y URACOA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda LA EXTINCIÓN de la Obligación de Manutención, incoada desde el 22 Octubre 2.013 por la ciudadana DAYCELIS DEL CARMEN VASQUEZ DAMAS, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 14.222.290; domiciliada en el caserío Los Pozos en la población de los Barrancos de Fajardo, municipio Sotillo, estado Monagas; a favor de sus hijos JOSÉ GREGORIO y LUISANA DEL CARMEN RUIZ VASQUEZ.- En Barrancas del Orinoco a los doce (12) días de Abril Dos Mil Dieciocho (2.018) AÑOS: 207 de la Independencia y 158 de la Federación