Por las razones antes señaladas, este Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base en los Artículos 185-A del Código Civil, 12 del Código de Procedimiento Civil; declara CON LUGAR la acción de Divorcio intentada por los ciudadanos: ESTEIVIN GREGORIO MARCANO BASTARDO y ANNERIS ANAIS BAEZA SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, cónyuges, titulares de la cédula de identidad personales N° V- 16.698.424 y V- 26.085.068 respectivamente, domiciliados el primero en la calle Casacoima, casa N° 20, sector La Puente; y la segunda en la calle Principal, casa n° 25 sector Ali Primera en Barrancas del Orinoco, municipio Sotillo del estado Monagas, por consiguiente disuelto el vinculo matrimonial que los unía.- DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, no existen bienes que liquidar. En con.....