Mediante Sentencia este Órgano Jurisdiccional Impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al penado JOSÉ GREGORIO MUÑOZ CASTRO, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.516.135, venezolano, mayor de edad, natural de Maturín Estado Monagas, de 39 años de edad, nacido en fecha 23/01/1976, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Carmen Estilita Castro (F) y Dionisio Muñoz (F), residenciado en: LA GRAN SABANA, CALLE MEREYAL, TEMBLADOR, MUNICIPIO LIBERTADOR ESTADO MONAGAS, por el lapso de UN (01) AÑO; según lo estipulado en el articulo 483 del Código Orgánico Procesal Penal, contados a partir del momento en que sea impuesto de esta decisión, y a lo sumo comenzará a cumplir ineludiblemente con las condiciones descritas en el capitulo anterior. Todo se realizó conforme a lo pautado en los artículos 482 y 483 del COPP.-