Mediante Auto este Tribunal Impartiendo Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR PRESCRIPCIÓN, conforme a los establecido en el articulo 112 específicamente en el 1° ordinal y el segundo aparte del mismo articulo previsto en el Código Penal y como efecto ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano RODRYS ALBERTO ARAY ANTUAREZ, titular de la cedula de identidad Nº V.- 19.416.104. De igual forma se acuerda publicar la boleta del penado en al cartelera del tribunal en virtud de que se desconoce su dirección actual de conformidad a lo previsto en el artículo 165 del Código Orgánico procesal Penal. Notifíquese al Fiscal Séptimo de Ejecución del Ministerio Público, al penado y a su Defensa, a la victima e igualmente se acuerda remitir copias certificadas del beneficio de Redención Judicial de la Pena acordado al Director del Internado Judicial Penal del estado Monagas.-