-IV-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental con Competencia en los estados Amazonas, Anzoátegui, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Nueva Esparta, Sucre y Guayana Esequiba, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA, efectuada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 24 de octubre de 2022, para conocer la demanda de por ejecución de hipoteca interpuesta por el abogado Julio César Khasen Barrera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número Nº 59.274, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil DEL SUR BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la Sociedad Mercantil MEGAPROYECTOS PROGER, C.A., y el INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA SECRETARÍA DE VIVIENDA DE LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.
2. SE ORDENA la remisión del presente expediente al Juzg.....