RESUMEN
Fue recibida en fecha 01-06-2026, admitida el 02-06-2026, en este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Punta de Mata, el escrito de la solicitud de Divorcio fundamentada en DIVORCIO DE FORMA UNILATERAL POR DESAFECTO, basado en el Artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la Sentencia Nº 1070,de fecha 09 de Diciembre del 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia., presentada por los ciudadanos: WIL RAFAEL SIFONTES MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.792.492, domiciliado en el Sector La Orquídea, Calle Las Margaritas, Casa 03, Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora, Estado Monagas, asistido por la abogada, EMIGLE EUKARINE SANTIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.813.740, abogada en ejercicio, inscrita en el INPREABO.....