Por la razones antes expuestas este TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA EXTENSIÓN CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Declarar SIN LUGAR la Solicitud de Entrega del Vehículo y en consecuencia ACUERDA NEGAR LA ENTREGA DEL VEHICULO, solicitado por el Ciudadano GILBERTO ANTONIO PARRA, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad No. 5.719.248, representado por su Apoderada Judicial Abog. ROSARIO INES PADRON HUERTA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-17.007.567, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 121.883, domiciliada en el Municipio Miranda del Estado Zulia, con las siguientes características: MARCA: CHEVROLET, MODELO: CAPRICE, TIPO: SEDAN, AÑO: 1978, COLOR: GRIS DOS TONOS, CLASE: AUTOMOVIL, PLACAS: CJ845C, SERIAL DE CARROCERIA: 1N69LHV103000, de conformidad con lo estableci.....