En mérito de las razones que precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de constitución de Tribunal Unipersonal, formulada por el ABG. HERNESTO MARQUEZ, en su condición de defensor privado del ciudadano EDUARDO ANTONIO CALDERON CORSO.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada. Notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en Maturín, a los Ocho (08) días del mes de Octubre de 2009. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.