DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano PEDRO MIGUEL AMAYA NAVARRETES en contra de la entidad de trabajo INGENIERIA PROCURA Y CONSTRUCCIONES DE OBRAS CIVILES, ELECTRICAS Y MECANICAS (IMEL, C.A.), SEGUNDO: Se condena a la demandada INGENIERIA PROCURA Y CONSTRUCCIONES DE OBRAS CIVILES, ELECTRICAS Y MECANICAS (IMEL, C.A.), pagar al ciudadano PEDRO MIGUEL AMAYA NAVARRETES la cantidad de VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN BOLÍVARES CON NOVERNTA Y UN CENTIMOS (Bs. 26.421,91) por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo. En cuanto a la corrección monetaria y los intereses de mora, este Juzgado dará cumplimiento con el mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No se condena en costas por no haber vencimiento total de la demandada. Se advierte a las partes que podrán interponer los recursos pertinentes en el lapso legal.-