IX
DISPOSITIVA
Por lo fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado JOSÉ ANGEL FERRER AVENDAÑO, de nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 28/04/1982, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, Cédula de Identidad N° V-16.428.401, hijo de Amalia Avendaño y José Ferrer, con residencia en Sector el Marite, Avenida 109, Barrio Modelo, Calle 73B, Casa N° 108A-157, Municipio Maracaibo Estado Zulia, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el primer aparte del articulo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de MARIA SABINA BRAVO RODRIGUEZ., a cumplir una PENA DEFINITIVA de de CUATRO AÑOS Y OCHO MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, establecidas en los Artículo.....