Se autoriza al adolescente para que viaje solo el día 14 de julio del 2010, desde la ciudad de Maturín, estado Monagas al Estado Nueva Esparta, siendo recibido por su abuela materna y del Estado Nueva Esparta, viajará solo el día 16 de julio del 2010, hasta la República de Alemania, siendo recibido por su tío, quien ejercerá la representación legal del adolescente en ese país y durante el periodo acordado, pudiendo trasladarse a cualquier otro país perteneciente a la Comunidad Europea, con fecha de retorno el 30 de agosto del 2010.