Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley; NIEGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DENOMINADA "DESTACAMENTO DE TRABAJO" , al penado ANDRES ARTURO PARADA GIL, quien es Venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, fecha de nacimiento 25/02/1988, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.602.899, Bachiller, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mesonero, hijo de Malvis Gil (v) y Leobaldo Parada (v), residenciado en Calle Principal Los Guaros, casa s/n, frente al local "Materiales El Gran Indio", Maturín, Estado Monagas; actualmente recluido en el Internado Judicial de esta Entidad Federal; toda vez que el mismo actualmente no cumple con los requisitos acumulativos que establece el Artículo 500 de nuestra Ley Ad.....