Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de REGULACION DE COMPETENCIA, ejercido por el ciudadano MANUEL JOAQUIN MOREIRA ROCCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.152.041, debidamente asistido por el abogado EDI MARCIAL RONDON inscrito en el instituto de Prevision Social del abogado bajo el N° 73.598 y de este domicilio.SEGUNDO: IMCOMPETENTE para conocer de la presente causa, el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripcion Judicial del estado Monagas. TERCERO: COMPETENTE para conocer de la presente .....