Este Tribunal visto el procedimiento por ADMISION DE LOS HECHOS, realizado por el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), LO SANCIONA a cumplir la MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD por el lapso de TRES (03) Años y SEIS (06) MESES, de conformidad con lo establecido en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE AUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 2° en concordancia con el 83 ambos del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso ALIRIO ROBERTO RODRIGUEZ.