éste Tribunal de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA a la primera Autoridad Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento de la ciudadana RAQUEL MARÍA RESPLANDOR RAMÍREZ así:
"Donde se colocó el nombre así: REQUEL MARÍA, debe decir RAQUEL MARÍA.