DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en los artículos 768 al 772 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, intentada por la ciudadana: MARITZOL ZAMBRANO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.205.298 y de este domicilio, mediante su Apoderada Judicial KARINA ANDREINA GÓMEZ DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.464.967, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 149.405. En consecuencia:
1. Corríjase el error cometido en el Acta de Matrimonio de los ciudadanos MARITZOL ZAMBRANO y LORENZO ARDITE CIRILLI, .....