DISPOSITIVO
Por todos las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SE REPONE la causa, al estado de que el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, fije el lapso para el cumplimiento voluntario de la sentencia, a los fines de ejecutar la misma, la cual esta relacionada con el juicio de interdicto restitutorio dictada en fecha 20/12/2016, por el Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de esta Circunscripción Judicial, en estricto acatamiento al artículo 701 ejusdem, así como de la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 09/11/2001, bajo la Ponencia de.....