DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, y en torno al articulado constitucional y legal así como de la exégesis doctrinal y jurisprudencial supra reseñada, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas y Delta Amacuro actuando en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley de dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: este Juzgado Superior Agrario actuando como alzada en sede constitucional, se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto. Así se declara.-
SEGUNDO: Se declarada INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ARELIS DEL VALLE ZAMORA, venezolana, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad N° 5.393.048 en su condición de accionista y representante legal de la Sociedad Mercantil ‘FINCA LA GRAN GENETICA DE SANTA BARBARA, C.A’, debidamente registrada por ante el registro mercantil del estado.....