En tal virtud, en base a las razones expuestas, y de conformidad con las normas antes citadas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda que por PARTICION Y LIQUIDACION DE BIENES EN UNION ESTABLE DE HECHO, intentó la ciudadana IVETTE JOSEFINA KUFFATY ROJAS, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-9.299.237 y de este domicilio, en contra del ciudadano LUIS EDUARDO GUZMAN GUZMAN, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, divorciado, titular de la cedula de identidad Nº V.-15.634.838 y de este domicilio. No hay condenatoria en costa debido a la naturaleza de la sentencia.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercan.....