Con base a esa ADMISION DE LOS HECHOS realizada conforme a la ley y de manera espontánea, este Tribunal en base a sus atribuciones legales CONDENA al ciudadano CARLOS EDUARDO VILLAHERMOSA GUTIÉRREZ, Venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 31/12/1986, de 21 años de edad, Soltero, de ocupación Obrero, hijo de: Nidia Josefina de Villahermosa (V) y Carlos Enrique Arévalo Villahermosa, Titular de la Cédula de Identidad N° V. 18.674.609, y domiciliado en Quiriquire, calle Carrizal, n° 105, frente del Polideportivo de Quiriquire del Municipio Punceres del Estado Monagas, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal venezolano, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIOALES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 414 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano PABLO ENQUE GARCIA URBANO.
luego de haber realizado la rebaja de ley conforme al ar.....