Decisiones del dia 15/10/2009
N° Expediente :
13824
N° Sentencia :
Fecha: 15/10/2009
Procedimiento: Inadmisión Recurso De Amparo
Partes: OMEGA TERMICA C.A CONTRA MERCEDES RAQUEL MELENDEZ
Resumen:
En base y en consideración con los argumentos anteriormente expuesto y en conformidad con los Artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en concordancia con el Ordinal 1º del articulo 6º de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías constitucionales; Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Sociedad Mercantil OMEGA TERMICA C.A., inscrita en el Registro Mercantil de esta Circunscripción Judicial en fecha 04 de Mayo de 1998, bajo el Nº 24, Tomo 3-A; en contra de la ciudadana MERCEDES RAQUEL MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, comerciante, divorciada, titular de la cedula de identidad Nº 7.265.541, y de este domicilio
PUBLIQUESE, REGISTRESE, Y DEJESE COPIA.
Dado, Sellado y Firmado en la Sala del desp.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
N° Expediente :
soolcNº913
N° Sentencia :
471
Fecha: 15/10/2009
Procedimiento: Solicitud De Único Y Universal Heredero
Partes: HERMINIA DEL VALLE VELÁSQUEZ CEDEÑO, LORAINES NAIROBER VELÁSQUEZ CEDEÑO, AURA LINA VELÁSQUEZ CEDEÑO, CARLOS ENRIQUE VELÁSQUEZ CEDEÑO Y EMILIO JOSÉ GONZALEZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS. V- 8.445.908, 8.981.888, 4.334.782, 4.334.781Y 4.495.266 RESPECTIVAMENTE Y DE ESTE DOMICILIO, ASISTIDOS EN ESTE ACTO POR LA CIUDADANA: LORIANNA D´ ALFONZO VELÁSQUEZ, ABOGADA EN EJERCICIO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V- 17.464.103, INSCRITA EN EL INSTITUTO DE
Resumen:
este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA para conocer de la presente causa en razón del territorio, y Declina la Competencia al Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en consecuencia se deja transcurrir el lapso establecido en el articulo 69 del Código de Procedimiento Civil el cual establece " La Sentencia en la cual el Juez se declare incompetente, aun en los casos de los artículos 51 y 61, quedará firme si no se solicita la regulación de la competencia dentro del plazo de cinco días después de pronunciada, salvo lo indicado en el artículo siguiente para los casos de incompetencia por la materia o de la territorial prevista en el artículo 47. Habiendo quedado firme la sentencia, la causa continuará su cu.....
Juez/Ponente:
Luis Ramón Farias
Organo:
Juzgado Primero del Municipio Maturín
N° Expediente :
soolcNº913
N° Sentencia :
471
Fecha: 15/10/2009
Procedimiento: Solicitud De Único Y Universal Heredero
Partes: HERMINIA DEL VALLE VELÁSQUEZ CEDEÑO, LORAINES NAIROBER VELÁSQUEZ CEDEÑO, AURA LINA VELÁSQUEZ CEDEÑO, CARLOS ENRIQUE VELÁSQUEZ CEDEÑO Y EMILIO JOSÉ GONZALEZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS. V- 8.445.908, 8.981.888, 4.334.782, 4.334.781Y 4.495.266 RESPECTIVAMENTE Y DE ESTE DOMICILIO, ASISTIDOS EN ESTE ACTO POR LA CIUDADANA: LORIANNA D´ ALFONZO VELÁSQUEZ, ABOGADA EN EJERCICIO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V- 17.464.103, INSCRITA EN EL INSTITUTO DE
Resumen:
este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA para conocer de la presente causa en razón del territorio, y Declina la Competencia al Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en consecuencia se deja transcurrir el lapso establecido en el articulo 69 del Código de Procedimiento Civil el cual establece " La Sentencia en la cual el Juez se declare incompetente, aun en los casos de los artículos 51 y 61, quedará firme si no se solicita la regulación de la competencia dentro del plazo de cinco días después de pronunciada, salvo lo indicado en el artículo siguiente para los casos de incompetencia por la materia o de la territorial prevista en el artículo 47. Habiendo quedado firme la sentencia, la causa continuará su cu.....
Juez/Ponente:
Luis Ramón Farias
Organo:
Juzgado Primero del Municipio Maturín
N° Expediente :
solcNª887
N° Sentencia :
469
Fecha: 15/10/2009
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: PEDRO ASNORLDO REQUENA HERNANDEZ
Resumen:
De igual forma a debido acompañarse a la presente solicitud la carta de permanencia, la autorización por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), por cuanto evidentemente por la ubicación de las bienhechurias aportadas por la solicitante estas son de las denominadas Tierras Baldías por cuanto esto se trata de un hecho notorio, no sujeto a prueba, de donde proviene la legitimidad de la propiedad de dichas extensiones de terrenos, la cual su titularidad debe presumirse, salvo prueba en contrario -por demás inexistente- que las mismas pertenecen a la Nación, Y ASÍ SE DECIDE.-
En atención a todos los criterios anteriormente explanados este Tribunal Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Declara Improcedente la presente Solicitud de Titulo Supletorio.-
REGISTRESE, PÚBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dado firmado y sellado en la sala del Despacho Tribunal .....
Juez/Ponente:
Luis Ramón Farias
Organo:
Juzgado Primero del Municipio Maturín
N° Expediente :
solcNª914
N° Sentencia :
470
Fecha: 15/10/2009
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: HAIDE BARTOLA CAMACHO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N°: 5.393.091
Resumen:
De igual forma a debido acompañarse a la presente solicitud la carta de permanencia, la autorización por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), por cuanto evidentemente por la ubicación de las bienhechurias aportadas por la solicitante estas se encuentran enclavadas en tierras de las denominadas Tierras Baldías por cuanto esto se trata de un hecho notorio, no sujeto a prueba, de donde proviene la legitimidad de la propiedad de dichas extensiones de terrenos, la cual su titularidad debe presumirse, salvo prueba en contrario -por demás inexistente- que las mismas pertenecen a la Nación, Y ASÍ SE DECIDE.-
En atención a todos los criterios anteriormente explanados este Tribunal Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Declara Improcedente la presente Solicitud de Titulo Supletorio.-
REGISTRESE, PÚBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dado firmado y sellado en.....
Juez/Ponente:
Luis Ramón Farias
Organo:
Juzgado Primero del Municipio Maturín
N° Expediente :
solcNª886
N° Sentencia :
468
Fecha: 15/10/2009
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: CECILIA CENTENO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N°: 8.370.510.
Resumen:
En efecto, este Tribunal observa que en el escrito de solicitud se mencionó que las bienhechurias se encuentran ubicadas en terrenos baldíos, cuyos datos han debido ser acompañados con un documento que acredite lo expuesto en cuanto a la propiedad señalada por el solicitante, además de emitirse el decreto de Titulo Suficiente se pudiese estar violando no solo intereses de terceros si no intereses de la República. Así se establece.
De igual forma a debido acompañarse a la presente solicitud la carta de permanencia, la autorización por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), por cuanto evidentemente por la ubicación de las bienhechurias aportadas por la solicitante estas son de las denominadas Tierras Baldías por cuanto esto se trata de un hecho notorio, no sujeto a prueba, de donde proviene la legitimidad de la propiedad de dichas extensiones de terrenos, la cual su titularidad debe presumirse, salvo prueba en contrario -por demás inexistente- que las mismas pertenecen a la Nación,.....
Juez/Ponente:
Luis Ramón Farias
Organo:
Juzgado Primero del Municipio Maturín