Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al imputado: RUBEN LOPEZ, Colombiano, Natural de Cucuta, Norte Santander, de profesión u oficio comerciante, dijo ser titular de la Cédula de Identidad V-23.708.455, de 47 años de edad, fecha de nacimiento 12-06-58, soltero, hijo de Magdalena López y de padre desconocido, residenciado en el barrio el Manzanillo, las cuatro esquina, casa N° 888, frente a la licorería Don Juan, Municipio San Francisco, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JUNLE HOU ZHOU, medida establecidas en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en sus ordinales 3°, referidas a la presentación cada 30 .....