Por las razones dichas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la conversión en divorcio de la separación de cuerpos que por mutuo consentimiento tienen convenida y fue declarada por éste Tribunal entre los ciudadanos: EDWAR CARABALI Y SAURETT MAGDALENA BRAVO CARRASCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V: 13.484.256 y 8.979.896, asistidos el Abogado: RONALD SALAZAR MAIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°:101.332 ; que estos contrajeron matrimonio en fecha 21 de Julio de 2011, por ante el Registro Civil del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, según consta de 174, 174, tomo 01, año 2011, de los libros de Registro Civil correspondientes, tal como se evidencia del acta de matrimonio en original que acompañaron al presente expediente signada con la letra "A".
Déjese copias certificada de este fallo de conformidad con l.....