Por los razonamientos anteriormente expuestas, es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al Penado JOSE GREGORIO LOROÑO, Venezolano, de 29 años de edad, Estado Civil: Casado, hijo de: Israel Antonio Guzmán (V) y de Zoraida de Guzmán (V), de profesión u oficio Albañil, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 15/08/1977, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.301.306, Teléfono: 0426-8881582, se deja constancia que es el teléfono de su esposa, domiciliado en: Punta de Mata Sector Villa Vicencio calle Vista el Sol casa 41, al frente del Mercal, Estado Monagas, por un tiempo de UN (01) AÑO,