Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con Solicitud de amparo cautelar, incoado por el abogado David Santiago Zajachkivskyj, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.361, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa SERVICIOS TÉCNICOS MATURÍN, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 00422-2011, de fecha 26 de septiembre de 2011 contenida en el expediente Nº 044-2011-01-00409, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas y notificada en fecha 18 de marzo de 2010.
Líbrese las notificaciones correspondientes a las partes, por cuanto la misma fue.....