Se legitima la aprehensión flagrante, conforme al artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda Otorgar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a los Ciudadanos JOMIL JOEMAR AGUILERA, titular de la cédula de identidad Nº 14.111.424, Venezolano, de 41 años de edad, nacido en fecha 13/05/1976, Estado Civil: Soltero hijo de: ELDA SORAIDA DE AGUILERA (V) JESUS RAFAEL AGUILERA (V), de profesión u oficio OBRERO, natural de Maturín, Estado Monagas, domicilio: Punta de Mata, Barrio Hugo Chávez, Calle ultima, casa sin numero, y JOSE RAMON MARQUEZ.