Se DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a la ciudadana JONAS ALEXIS NATERA BRAVO, con un régimen de prueba por lapso de un TRES (3) meses, siéndole impuestas la siguientes condiciones: 1.- No acercarse a la victima. 2 hacer una Donación al hospital de temblador DR. ANA TORREALBA, constante de 1.000 bolívares fuertes, en insumos médicos, 03 Cumplir con presentaciones periódicas.-