Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la excusa interpuesta por el ciudadano ULISES PANTALEON FLORES CARRERO, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.290.725, lo cual tiene prohibición expresa en la Ley. Notifíquese a las partes, líbrese oficio al Departamento de Participación ciudadano informado sobre lo aquí acordado.