Se DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por extinción de la acción penal, seguida a quien en vida respondiera al nombre de EFRAIN ENRIQUE FIGUERA AGUILERA, Cédula de Identidad N° 16.175.295, casado, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en concatenación con el ordinal 1° del artículo 49 ejusdem, por haber fallecido este en fecha 07/03/12.