DISPOSITIVA
En mérito de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito judicial Penal del Estado Monagas en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: REFORMADO el computo de la pena impuesta al penado EDGAR RAFAEL LOPEZ ESTANGA. SEGUNDO:; Por cuanto el penado desde el día 01-03-2002, en que fue detenido por primera vez, hasta el día 01-10-2004, cuando se aplicó Medida Cautelar Sustitutiva, había cumplido un tiempo de detención de DOS AÑOS Y SIETE MESES DE PRESIDIO siendo detenido nuevamente en fecha 24-11-2005 hasta el día 09-01-2008, cuando se evadió del sitio donde debía pernoctar con ocasión a la formula alternativa de cumplimiento de pena que le fue acordada, había cumplido DOS AÑOS UN MES Y DIECISEIS DIAS, que sumado a los NUEVE DIAS que lleva en detención desde la fecha de su captura es decir desde el 04-03-2008, totaliza un tiempo de cumplimiento de pena de CUA.....