Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley: ACUERDA, la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena "REGIMEN O ESTABLECIMIENTO ABIERTO", a la penada DORIE CELIN MENDEZ MENDOZA, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°6.176.426, por encontrarse llenos los extremos exigidos en el Artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, en relación con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, y el cual deberá cumplir en el Centro en el Instituto Nacional de Orientación Femenina, Los Teques, Estado Miranda. En consecuencia la penada de autos deberá cumplir con las siguientes condiciones:
1. Deberá pernoctar en el Centro en el Instituto Nacional de Orientación Femenina, Los Teques, Estado Miranda, el cual le establecerá un régimen de supervisión durante la permanencia del Ben.....